La Constitución Nacional establece e impone una serie de
Deberes que deben ser cumplidos por todos los venezolanos y también por los
extranjeros que residan en el país. Esa serie de Deberes se pueden clasificar
en las siguientes categorías:
Deberes
para Con La Patria: son el conjunto de obligaciones que tiene
todo venezolano o extranjero
residente en el país para con la Nación, estos son:
• El deber de
honrar y defender la Nación.
• El deber de
honrar y defender los Símbolos Patrios.
• El deber de
honrar y defender los valores culturales.
• El deber de
honrar y defender la Nacionalidad.
• El deber de
honrar y defender la integridad territorial, la autodeterminación y los intereses de la Nación.
Deberes para con La Constitución y Las
Leyes: son el conjunto de obligaciones que se adquieren y deben cumplir, pues las
mismas están consagradas expresamente en las Leyes, y el incumplimiento acarrea una sanción.
Entre estos están:
• El deber de
cumplir y acatar lo dispuesto en la Constitución Nacional, en las Leyes de
la República y en los actos que
emanen de los órganos de los Poderes Públicos.
Deberes
Sociales: son el conjunto de obligaciones de orden moral, social,
de tipo altruista, que invitan a
los ciudadanos a colaborar, pero que, en caso de ser necesario, tienen
mecanismos de obligatorio cumplimiento.
Entre ellos están:
• El deber de
cumplir con las responsabilidades sociales. Por ejemplo, en caso de una calamidad.
• El deber de
participar en la vida política, civil y comunitaria de la Nación.
• El deber
natural de protección de los derechos humanos.
• El deber de
pagar los impuestos, tasas y contribuciones que imponga el Fisco Nacional.
• El deber de
prestar el servicio militar o civil de forma voluntaria.
• El deber de
prestar la colaboración en las funciones electorales cuando el Estado
solicite de ellas.
• El servicio
que deben prestar los egresados universitarios a La Comunidad bajo las condiciones que determine La Ley.
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